← Calculadoras

Aguinaldo

Calcula el aguinaldo, su parte exenta (30 UMA) y el ISR a retener con los dos métodos: el directo y el opcional del Art. 174 del RLISR. Todo ocurre en tu navegador.

Fundamento: Art. 87 de la LFT; Art. 93, fr. XIV de la LISR; Art. 174 del RLISR.

Datos

Lo que gana antes de impuestos y descuentos, en el periodo de arriba.

Mínimo legal: 15.

Captura el sueldo para ver el cálculo.

Herramienta informativa. La exención del aguinaldo es de 30 UMA (Art. 93, fr. XIV de la LISR 2026); el método del Art. 174 del RLISR es opcional y aplica a gratificaciones, PTU y primas. Es un cálculo de retención: el cálculo anual del trabajador puede ajustar diferencias. Verifica con tu contador.

Cómo se calcula

  1. Se convierte el sueldo capturado a salario diario según la periodicidad elegida.
  2. Se calcula el aguinaldo bruto por días de aguinaldo y días trabajados.
  3. Se separa la parte exenta de 30 UMA conforme al Art. 93, fr. XIV de la LISR.
  4. Se compara el ISR directo del Art. 96 de la LISR contra el método opcional del Art. 174 del RLISR.
  5. El cierre muestra el neto con el método de menor retención.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto aguinaldo mínimo corresponde?

La Ley Federal del Trabajo 2026 establece un mínimo de 15 días de salario por año trabajado. Si no se laboró el año completo, se paga proporcional.

¿Todo el aguinaldo paga ISR?

No. La LISR exenta hasta 30 UMA del aguinaldo. Solo el excedente se considera gravable para la retención.

¿Por qué se comparan dos métodos de ISR?

El método directo acumula el gravable al sueldo del mes; el Art. 174 del RLISR permite un método opcional de tasa efectiva que puede retener menos.

También te puede servir

¿Algo no cuadra o te falta una herramienta?

Escríbenos: leemos todo y tus ideas se convierten en herramientas.